lunes, 8 de octubre de 2012

QUE SE REABRA EL EXPEDIENTE DE FELIZ BAUTISTA

ESQUEA

Por: Nélsido Herasme
El doctor Emmanuel Esquea Guerrero, calificó de improcedente la disposición del ex director del Departamento Nacional de Persecución de la Corrupción Administrativa (DPCA), Otoniel Bonilla, de disponer el archivo definitivo del expediente de corrupción contra el Ingeniero Félix Bautista.
“Esa decisión es nula porque viola normas constitucionales, tal como lo expuso el procurador general de la República al pedir a la Suprema Corte de Justicia revocarla, indicó Emmanuel Esquea.
De acuerdo a Esquea, el auto del también procurador general adjunto viola el derecho al debido proceso de los denunciantes y  los querellantes consagrado en el artículo 69 de la constitución de la, ya que ellos no fueron oídos como manda el ordinal 2 del referido artículo 69, ni se respetó su derecho de defensa como dispone el numeral 4 del mismo artículo, al no haber igualdad en la investigación, porque ni siquiera fueron citados.
Esquea insistió en que tampoco se respetó el numeral 7 del artículo 69 de la Carta Magna que ordena que todo proceso observe “la plenitud de las formalidades propias de cada juicio”,  en razón de que el Ministerio Público violó el  “Principio de Legalidad” consagrado en el artículo 13 de la Ley Orgánica del Ministerio Público que le exige  someter sus actuaciones a la Constitución, las leyes y los “precedentes jurisdiccionales vinculantes”.
Precisó que  en su sentencia del 18 de diciembre de 2008, la Suprema Corte de Justicia, reconoció el carácter de empréstito público del contrato de la Sunland al señalar  que “ciertamente, como ha sido alegado en la especie, el Poder Ejecutivo  estaba en el deber ineludible de someter el acto impugnado a la sanción del Congreso Nacional;  lo cual desconoció  de manera expresa,  el procurador general adjunto  al decir en su auto que: “tanto el contrato  como los recursos que de él se derivaron, no constituían empréstitos capaces de comprometer la renta pública”.
El aspirante a la presidencia del PRD enfatizó  que el artículo 6 de la Constitución expresa que “son nulos de pleno derecho toda ley, decreto, resolución, reglamento o acto contrarios a la constitución”, por lo que la referida  resolución no puede producir ningún efecto jurídico y en consecuencia es para los fines legales inexistente”.
El doctor Esquea Guerrero emitió sus juicios al comparecer  en el  programa Los Sabios en la Z-101, que produce el ingeniero Ramón Alburquerque.

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